miércoles, 11 de mayo de 2016

El campesinado colombiano busca un lugar en la constitución

Artículo publicado en la Edición impresa 116 (Abril - Mayo 2016) de Periferia Prensa Alternativa
 
Por Miguel Ángel Romero


El pasado 5 de abril la entrada del senado de la República fue tomada por el colorido de los mercados campesinos; por primera vez el salón que ha visto pasar las castas que han dirigido el rumbo del país durante 200 años se llenó de campesinos comerciando los productos de sus propias manos.  La presencia de los agricultores en el Congreso se dio en el marco de la presentación de la reforma constitucional  propuesta por Alberto Castilla, vocero del Congreso de los Pueblos y senador por el Polo Democrático Alternativo.

Este  proyecto  se realizó basado en audiencias que se llevaron a cabo en Cauca, Antioquia y Boyacá; su objetivo es reformar el artículo 64 de la constitución en búsqueda de que se reconozca al campesino como un grupo de especial protección por la carta magna y de esta manera se reemplazaría  el concepto de “trabajador agrario” propiamente por el de “campesino” y “campesina”. Por medio de este acto legislativo se busca reconocer al campesinado como sujeto de derechos, reconocer su derecho a la tierra y a la territorialidad campesina y adoptar disposiciones sobre la consulta popular.

Con esta propuesta de reforma se reabrió el debate frente al lugar que tiene el campesino en la constitución, ya que al no ser un grupo étnico no gozan de algunos derechos como sí lo hacen indígenas y afrodescendientes, sin embargo el senador Castilla - de origen campesino- sostiene que: “Es claro que aunque los campesinos no somos un grupo étnico, sí somos un grupo cultural particular; necesitamos ser reconocidos como un grupo social y que se reconozcan nuestros derechos. Hay una diferenciación como grupo en las formas de producción, en cómo concebimos la familia, el territorio”.

Aunque pueda parecer que la reforma a este artículo no tiene mayor implicación para la vida nacional, durante el foro “El campesino a la constitución” realizado el 8 de abril en la Universidad Nacional, diferentes voces apuntaron a que este era el primer paso en la construcción de derechos y formas de participación propias para  el campesino.  En este sentido  organizaciones como el CINEP señalaron que actualmente existe una marginación de participación política del campesino y cooptación por parte de clanes políticos de su representación, y encendieron la alarma frente a la vulneración de derechos sobre todo de las mujeres rurales.

Para Arcesio Romero, apicultor del norte de Santander este proyecto “es importantísimo, porque existe la ley 70 que defiende a los afrocolombianos, y  el acuerdo 169 de la OIT, que defiende a los indígenas, por ejemplo en el caso de la consulta previa; a nosotros los campesinos no, no estamos visibilizados en la ley, por eso si se logra que haya una reforma constitucional pues vamos a tener el reconocimiento del Estado”.

Contexto adverso para el campesino
Para nadie es un secreto que el campo colombiano ha sido la principal víctima del conflicto armado, y también que la mayoría de gobiernos desde el siglo pasado lo han abandonado, como ejemplo de esto no se han logrado llevar a cabo las reformas agrarias que López Pumarejo y Lleras Camargo propusieron, a la vez que han existido diferentes escándalos de corrupción como el reciente “Agro Ingreso Seguro” durante el gobierno de Uribe. Es por esto que  tras  45 años sin censo agrario, el más reciente realizado en 2014 por el DANE, arrojó un panorama adverso para los campesinos del país.

De acuerdo con el DANE, la población campesina actualmente asciende a 11.414.753 personas, el 23,4% del total de la población nacional. En cuanto a condiciones de la vivienda del área rural dispersa, establece que el 82,6% tiene conexión al servicio de energía, el 42,6% a acueducto y apenas 6% a alcantarillado. Lo más alarmante es que mientras la pobreza a nivel nacional es de 28,2%, en  los “Centros poblados y rurales dispersos” llega a 40,1%. De acuerdo a esto, el Índice de Pobreza Multidimensional para el área rural dispersa se eleva a un 45,5%. Por otra parte, según el Ministerio de Agricultura, para el año 2014 la concentración de la tierra arrojaba las siguientes cifras: el 4% del área corresponde al micro y minifundio (predios entre 3 y 10 hectáreas), mientras que la gran propiedad (predios de más de 200 hectáreas) ocupa el 72% del área.

En este sentido, líderes del agro han manifestado que el actual proyecto es “importante porque somos en este momento como el 25% de la población que alimentamos a nuestro país y le aportamos a Latinoamérica y al mundo;  importante porque el campesinado es un sujeto social con derechos específicos, que no han sido reconocidos a través de la constitución política del país”- señaló Ricardo Herrera, vocero del Coordinador Nacional Agrario.

En este contexto, sumado a las discusiones de las dos mesas de negociación entre gobierno y guerrillas, en donde por una parte se discute con las FARC- EP el tema de desarrollo agrario y con ELN se discutirá el tema de participación de la sociedad civil, esta reforma tendrá eco durante los 8 debates que le esperan en el congreso, 4 en senado y 4 en cámara, y desde ya cuenta con el apoyo de miembros de diferentes bancadas del Polo, Alianza Verde, Mais,  Aico y del partido Liberal, y el respaldo de algunas organización sociales como Congreso de los Pueblos, Coordinador Nacional Agrario y ONG´S. Para el senador Castilla este  proyecto se  inscribe en la oportunidad que tiene Colombia de terminar la guerra y avanzar en la construcción de  la paz.

    Principios del Proyecto de Acto Legislativo
    1)      El campesino debe verse cobijado en la figura de sujeto de especial protección.
    2)      La garantía del derecho a la tierra y al territorio, desde un enfoque que garantice la equidad de género.
    3)      El derecho a la autodeterminación del sujeto campesino.
    4)      El derecho a la participación política directa por parte del campesino en la toma de decisiones que les afecten.
    5)      Garantía en la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales  del campesino.

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